Dirección General de Investigación y Posgrado

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO
DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN, POSGRADO Y SERVICIO

La Universidad Autónoma Chapingo (UACh), a través de la Dirección General de Investigación, Posgrado y Servicio (DGIPS), con fundamento en el Artículo 3°, fracciones II, IV, VI y VII de la Ley que Crea la Universidad Autónoma Chapingo; Artículo 3°, fracciones II, IV, VI y VII del Estatuto de la Universidad Autónoma Chapingo; el Reglamento para la Creación y Operación Básica de Centros e Institutos de Investigación, y el Plan de Desarrollo Institucional 2009-2025, convoca a todos los Profesores Investigadores de Tiempo Completo, de base o con contrato por tiempo indeterminado de la UACh, a concursar para obtener financiamiento para implementar Proyectos de Investigación Estratégicos Institucionales en el año 2025.

CONVOCATORIA

Proyectos de Investigación Estratégicos Institucionales (EI) 2025

Se entiende por Proyecto de Investigación Estratégico Institucional (EI) a aquella iniciativa de carácter interdisciplinario, con elevada rigurosidad científica y de alto impacto, diseñada para la innovación científica, humanista y tecnológica, y su transferencia a los sectores productivo y social, con el propósito de contribuir con soluciones innovadoras, viables y sostenibles a problemas y necesidades de relevancia nacional.

La DGIPS, apoya la generación de innovación que impacte y fomente el desarrollo económico y social de nuestro país, para lo cual exhorta a los Profesores Investigadores de la UACh a fortalecer sus proyectos estratégicos institucionales a través de la interacción y suma de esfuerzos de nuestra Universidad, organismos de gobierno, y productores, comunidades o empresas. Aún, cuando lo anterior no es de carácter obligatorio para los proyectos que se sometan a esta convocatoria, sí será un factor que se considerará en la asignación de presupuesto. Lo anterior con fundamento en los Artículos 10, fracciones III, IV, V, VI y VII, 11, fracciones IV, VI, VII, IX, X, XV, XVI, XVIII y XXII, y otros vigentes y aplicables de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, así como en los Artículos 3°, fracciones II, IV, VI y VII de la Ley que Crea la Universidad Autónoma Chapingo y el mismo del Estatuto de la Universidad Autónoma Chapingo.

Los proyectos que se sometan a concurso bajo esta convocatoria deberán cumplir con las siguientes:

BASES

REQUISITOS.

I. Proyectos. Los proyectos deberán cumplir con:

I.1. Estar enmarcados en una o más de las siguientes áreas:

    • Cambio climático y estrategias de adaptación y mitigación.
    • Prácticas agrícolas sostenibles y regenerativas.
    • Alternativas al uso de agroquímicos en el sector agrícola.
    • Variedades nativas y cultivos capaces de resistir condiciones climáticas adversas, tolerantes a la sequía, salinidad, estrés térmico, plagas.
    • Estrategias para reducir la huella de carbono en la agricultura y ganadería.
    • Gestión eficiente del agua en los sectores agrícola, pecuario, forestal y acuícola.
    • Estrategias para la restauración y conservación de suelos.
    • Sostenibilidad y seguridad alimentaria.
    • Manejo sostenible del área forestal.
    • Innovación y desarrollo de tecnologías digitales para la agricultura.
    • Inclusión social, pobreza, desigualdad y educación.
    • Tecnologías para la reducción y aprovechamiento de desperdicios de alimentos.

I.2 Abordar un problema o necesidad del ámbito de una o más de las temáticas señaladas en el numeral I.1, de relevancia tecnológica y pertinencia ampliamente justificada. 

I.3. Indicar la contribución potencial para la atención y la resolución del problema o necesidad mencionada en el numeral I.2.

I.4. Incluir la coparticipación de interesados ​​y potenciales beneficiarios de los productos derivados de su ejecución (empresa, grupo de productores, comunidad u otros) y de ser factible, también la de un organismo gubernamental. Lo anterior, solamente para el caso de aquellos proyectos que involucren coparticipaciones . Consulte el capítulo I de los términos de referencia de esta convocatoria . Si el proyecto es a continuación, también se podrá incluir la coparticipación señalada en la versión actualizada 2025.

I.5. Considerar la interdisciplinariedad , incluyendo al menos a tres investigadores de la UACh de distintas disciplinas o especialidades.

I.6. Estar soportados por un protocolo que cumpla con lo establecido en el capítulo II de los términos de referencia de esta convocatoria.

I.7. Tiempo máximo de ejecución de tres años .

I.8. Productos e informe de actividades sobre lo realizado en años anteriores y actividades a desarrollar en el año 2025, para el caso de proyectos a continuación ; Estos documentos deberán subirse al Sistema de Gestión de Proyectos de Investigación (SGPI) en la sección de comprobantes de término y serán requisito indispensable para que el proyecto a continuación sea evaluado .

I.9. Ser propuestos por un titular que cumpla con :

I.9.1 . Ser Profesor Investigador (catedrático) de tiempo completo, de base o contrato por tiempo indeterminado de la UACh y estar adscrito a un Centro o Instituto de Investigación.

I.9.2. Contar con una productividad media mínima de 100 puntos en el periodo 2021 a 2023 , aprobada por la DGIPS.

I.9.3. No tener adeudos financieros, de informes o de productos ante la DGIPS por proyectos anteriores.

I.9.4. No ser titular en más de un proyecto de investigación no convencional .

I.10. Contar con al menos tres Profesores Investigadores de la UACh como colaboradores. Otros colaboradores podrán ser técnicos académicos de la UACh; investigadores de otras instituciones; investigadores que se encuentren realizando investigación en nuestra Universidad, como doctores en Estancias Posdoctorales, Cátedras del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT), Investigadoras e Investigadores por México de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (SECIHTI), siempre y cuando su estancia haya sido aprobada por la UACh.

I.11. Incluir la participación de estudiantes. El proyecto deberá incluir al menos dos estudiantes de la UACh , quienes pueden ser integrantes del Programa de Formación de Nuevos Investigadores (PROFONI), estudiantes de preparatoria, propedéutico, licenciatura o posgrado, que deseen realizar su proyecto de tesis o introducirse únicamente a la labor de investigación. Deberá especificarse las actividades que desempeñarán los estudiantes en el cronograma de actividades del protocolo.

I.12. Especificar el o los productos que, anualmente y al finalizar el proyecto, se entregarán a la DGIPS y en su caso, también a las coparticipes . Los productos de término a entregar a la DGIPS por el titular incluirán:

I.12.1. Carta de incidencia (de acuerdo con el formato que se encuentra en la página web de la DGIPS);

I.12.2 . Al menos dos de los siguientes productos:

        • artículos científicos o de divulgación publicados en revistas de reconocido prestigio;
        • capítulos de libro o libros publicados por editoriales de reconocido prestigio;

I.12.3 . Al menos tres de los siguientes productos:

        • tesis de un(a) estudiante;
        • manual tecnico;
        • video de divulgación;
        • constancia de impartición de un taller al grupo de productores, a la empresa o institución beneficiaria;
        • solicitud de título de propiedad industrial ante el Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI): patente, modelo de utilidad o registro de diseño industrial.
        • solicitud de título de obtentor ante el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas (SNICS) de la Secretaría de Desarrollo Rural (SADER).
        • solicitud de certificado de derechos de autor ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR).

I.13. Ser registrados por el titular en el SGPI de la DGIPS, atendiendo las fechas señaladas en esta convocatoria. 

II. CALENDARIO

II.1. Registro de proyectos: 27 de febrero al 16 de marzo de 2025 a las 23:59 h.

II.2. Periodo de revisión y evaluación: 17 al 28 de marzo de 2025.

II.3. Atención a observaciones de proyectos con dictamen parcial de condicionado: 20 al 28 de marzo de 2025 hasta las 23:59 h.

II.4. Comunicación de resultados: 31 de marzo de 2025.

II.5. Fecha límite de ejercicio del presupuesto para proyectos aprobados: 14 de noviembre de 2025.

III. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS PROPUESTAS DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

III.1. Revisión preliminar por el Subdirector General de Investigación . Esta revisión permitirá identificar aquellos proyectos que no cumplan con los requisitos establecidos en esta convocatoria, mismos que no serán asignados para evaluación y se dictaminarán como rechazados .

III.2. Evaluación y emisión de dictamen parcial. Los proyectos que cumplan con los requisitos establecidos en esta convocatoria serán asignados a pares académicos expertos para su evaluación, a través del procedimiento propuesto y supervisado por la DGIPS. La identidad de los evaluadores será considerada como información personal y la DGIPS la mantendrá en sigilo, siempre con atención a las leyes aplicables. El dictamen parcial puede ser aprobado, condicionado o rechazado . En caso de que una evaluación no esté debidamente justificada o su contenido no sea claro, la DGIPS podrá anularla y someter el proyecto a una nueva evaluación.

III.3. Atención a observaciones de proyectos con dictamen parcial de condicionado. El titular de un proyecto con dictamen de recomendaciones condicionado deberá atender las observaciones y de los evaluadores o por el contrario argumentar sobre las mismas, basándose en información científica publicada, teniendo como fecha límite la señalada en el numeral II.3 ; en caso de no atenderse las observaciones y recomendaciones de los evaluadores en tiempo y forma, el proyecto será dictaminado como rechazado por la DGIPS.

III.4. Dictado definitivo emitido por la DGIPS. Aquellos proyectos que hayan sido dictaminados como aprobados por más de un evaluador y aquellos condicionados en los que fueron atendidas satisfactoriamente las observaciones de los evaluadores, serán dictaminados como aprobados por la DGIPS , siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en esta convocatoria. Por el contrario, aquellos proyectos con dictamen de rechazado por más de un evaluador y/o que no cumplan con los requisitos establecidos en esta convocatoria, serán dictaminados como rechazados. El dictamen emitido por la DGIPS será inapelable , y será comunicado al titular vía el correo electrónico registrado en el SGPI, por lo cual es importante que se revise y actualice este dato en caso necesario.

IV. ASIGNACIÓN PRESUPUESTA

IV.1. Monto máximo de presupuesto. El monto máximo que la UACh otorgará para el desarrollo de cada proyecto será de hasta $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 mn) y debe contemplar gastos solamente de los capítulos 2000 y 3000. Para más información consulte el capítulo III de términos de referencia de esta convocatoria.

V. ASUNTOS MISCELÁNEOS

V.1 . Los productos que el titular y los colaboradores entreguen a los coparticipes ya la UACh no deberán tener su origen en otros proyectos de la UACh o en otras fuentes de financiamiento no contempladas en el proyecto.

V.2. No hay multiplicidad de financiamiento. El titular y/o los colaboradores no deberán usar recursos financieros obtenidos al amparo de otras convocatorias emitidas por la UACh para la ejecución de estos proyectos, ni deberán usar los recursos obtenidos para un proyecto bajo esta convocatoria para financiar otros proyectos. Si se obtienen recursos externos para el mismo efecto, se deberá notificar a la DGIPS y obtener la aprobación de éste para usarlos después de que éste analice y resuelva cada caso.

VI. RESOLUCIONES

La DGIPS conducirá y vigilará todos los procesos relacionados con esta convocatoria y podrá modificar sin previo aviso los términos de ésta y las fechas aquí contempladas por circunstancias de fuerza mayor, para lo cual bastará con la publicación de los cambios en el sitio web de la DGIPS. Las resoluciones de la DGIPS sobre la aceptación o rechazo de los proyectos, y todos los aspectos relacionados con estos proyectos y esta convocatoria, son y serán inapelables, y, en caso de situaciones conflictivas no previstas en esta convocatoria, la DGIPS las resolverá en términos de ley, usando la lógica y/o la experiencia, en ese orden, pero siempre con protección de los objetivos de la UACh y de su patrimonio.

Chapingo, Estado de México, 24 de febrero de 2025.

Atentamente

“Enseñar la explotación de la tierra, no la del hombre”

Dra. Consuelo Silvia Olivia Lobato Calleros
Directora General de Investigación, Posgrado y Servicio

TÉRMINOS DE REFERENCIA

I .  DE LA COPARTICIPACIÓN. La colaboración entre academia, gobierno y sector productivo constituye un motor clave para fomentar el desarrollo económico y social de los países, en virtud de que el trabajo de los tres en conjunto es mayor al esperado de la sumatoria de la acción de éstos por separado. Aquellos proyectos que involucren dicha coparticipación deberán ingresar al SGPI los siguientes documentos demostrativos: carta de intención del beneficiario y carta de intención del organismo gubernamental, cuyos formatos se encuentran en la página web oficial de la DGIPS.

II. DEL PROTOCOLO

El protocolo del proyecto de investigación deberá plantearse con rigurosidad científica y presentar los apartados que a continuación se indican, de forma clara, concisa, coherente y respaldados por la literatura científica reciente.

II.1. Introducción, antecedentes y justificación. Proporcionar los principales aspectos del proyecto: problema o necesidad a atender, cómo se atiende actualmente, cómo se propone atender; originalidad; innovación; conocimientos científicos, tecnológicos y/o humanísticos que se generarán; productos relevantes esperados para la solución del problema o necesidad. Que incluyan información soportada con referencias científicas y datos actuales sobre el objeto de estudio y su importancia actual o potencial; el problema o necesidad a atender específicamente; el estado del arte (estudios que se han realizado en torno al problema o necesidad a atender y los principales resultados obtenidos) y la justificación que respalde la existencia y la magnitud del problema o necesidad a atender, con referencias y datos actuales , e incluya la importancia que significarán los resultados que se generen del proyecto;

II.2. Objetivos medibles y congruentes con la metodología, los resultados y los productos propuestos, redactados mediante el uso de un verbo en infinitivo;

II.3. Metas medibles, alcanzables, relevantes y con plazos específicos de entrega en concordancia con los objetivos planteados;

II.4. Metodología sustentada en referencias científicas y con suficiente detalle para determinar la rigurosidad científica del proyecto y la coherencia entre planteamiento del problema o necesidad-objetivos-metodología-productos y resultados;

II.5. Cronograma de actividades generales y por participante del proyecto ( no mencionar nombres de los participantes; en su lugar, utilice términos genéricos como ‘Colaborador 1, Colaborador 2, Estudiante 1, y así sucesivamente ) con plazos específicos para cada actividad en concordancia con el tiempo de ejecución del proyecto;

II.6. Productos del proyecto relevantes para la solución del problema o necesidad planteado;

II.7. Justificación del presupuesto solicitado para la ejecución del proyecto, con base en los objetivos, la metodología y los productos establecidos;

III. DE LA ASIGNACIÓN DE PRESUPUESTO

III.1. Criterios para la asignación presupuestal. La DGIPS asignará presupuesto a los proyectos aprobados en esta convocatoria considerando: la calidad epistemológica del proyecto; la relevancia del problema a atender y la solución propuesta; la coparticipación de beneficiarios potenciales y organismo gubernamental; necesidades financieras debidamente justificadas; disponibilidad presupuestaria en la DGIPS; cumplimiento en tiempo y forma de las comisiones asignadas por la DGIPS por parte del titular y los colaboradores del proyecto, otras que resulten relevantes para el efecto. El presupuesto que se otorgará a los proyectos tiene su origen en los recursos asignados a la Institución vía presupuesto federal y por lo tanto se deberá observar lo establecido para tal efecto.

III.2. Monto máximo para viáticos, combustible y prácticas de campo. El monto para viáticos no deberá exceder el 40% del monto total del proyecto (partida 37501), y los montos de combustible (partida 26103) y prácticas de campo (partida 31925) no podrán superar el 30% del total del proyecto, solos o sumados.

Atentamente

“Enseñar la explotación de la tierra, no la del hombre”

Dra. Consuelo Silvia Olivia Lobato Calleros
Directora General de Investigación, Posgrado y Servicio

Para Mayor Información comunicarse a:

Subdirección General de Investigación
Tel. 595 95 2 15 00 ext. 1559
correo-e: dgips.subdireccion@chapingo.mx